Los contratos menores son una de las figuras más utilizadas en la gestión de la contratación pública. La Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), reformada en 2017, brinda una definición detallada y regula su aplicación en el marco de la contratación pública. Este artículo proporciona una visión general de los contratos menores y cómo se manejan bajo la LCSP.
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¿Qué es un Contrato Menor?
Según la LCSP, un contrato menor es aquel cuyo importe es inferior a determinadas cantidades fijadas por la ley. En el caso de contratos de obra, el límite se establece en 40,000 euros. Para contratos de suministro y servicios, el límite es de 15,000 euros. Es importante tener en cuenta que estos límites incluyen impuestos.
¿Cual es su proceso?
El proceso de contratación menor se caracteriza por ser más ágil y flexible en comparación con otros tipos de contratación pública. El proceso implica una simplificación de los trámites a seguir. No se necesita publicar un anuncio de licitación y tampoco se requiere que los licitadores presenten propuestas detalladas.
El procedimiento comienza cuando el órgano de contratación justifica la necesidad de la contratación y verifica que no se está alterando el objeto del contrato para evitar la aplicación de las reglas de licitación. A continuación, el órgano de contratación solicita al menos una oferta y, si la acepta, adjudica el contrato al licitador.
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¿Qué cambios introduzco la Ley de 2017?
La LCSP de 2017 introdujo varias modificaciones importantes en la contratación menor. Antes de esta ley, no existía un límite de tiempo para la duración de los contratos menores. Sin embargo, la nueva ley establece que la duración del contrato no puede ser superior a un año y no admite prórroga.
Además, ahora es obligatorio que el contratista esté al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y que no esté incurso en prohibiciones de contratar. También se incluyó la exigencia de que exista una factura o documento equivalente que acredite el cumplimiento del contrato.
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Implicaciones y Consideraciones Prácticas
A pesar de su simplicidad, la contratación menor no debe ser malinterpretada como una vía para eludir las reglas de contratación pública. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sostenido que la división de un contrato en varios contratos menores para evitar los umbrales de licitación constituye una violación de la ley de contratos públicos.
Por lo tanto, es crucial para los órganos de contratación entender que, aunque los contratos menores ofrecen un camino más rápido y fácil para la contratación, también vienen con responsabilidades y obligaciones. El objetivo de la contratación menor no es evitar la competencia, sino proporcionar un mecanismo eficiente y efectivo para la adquisición de bienes y servicios de menor cuantía.
Requisitos para participar en un Contrato Menor
Para participar en un contrato menor bajo la Ley de Contratos del Sector Público, es esencial que los potenciales contratistas cumplan con ciertos requisitos. Estos son los principales:
- Capacidad de obrar: El contratista debe tener la capacidad legal para contratar con la administración. Esto implica tener la mayoría de edad y no estar inhabilitado para contratar.
- No estar incurso en prohibiciones para contratar: El contratista no debe estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas por la ley, como estar condenado por delitos de prevaricación, soborno, malversación de caudales públicos, fraude y exacción ilegal, entre otros.
- Al corriente en obligaciones tributarias y con la Seguridad Social: El contratista debe estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Este es un requisito obligatorio para todos los contratistas, independientemente del tipo de contrato.
- Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Para algunos contratos, se puede requerir que el contratista demuestre solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional. Aunque esto es más común en contratos de mayor cuantía, en algunos casos puede aplicarse a contratos menores.
- Presentación de una oferta: El contratista debe presentar una oferta o proposición económica para el contrato. Aunque los detalles de la oferta pueden ser menos extensos que en un procedimiento de licitación completa, aún se espera que el contratista proporcione suficiente detalle sobre cómo se cumplirán las obligaciones contractuales.
- Documentación acreditativa: En algunos casos, se requerirá la presentación de documentos adicionales, como certificaciones de calidad, documentación técnica o cualquier otra información que la administración considere necesaria para evaluar la capacidad del contratista para cumplir con el contrato.
En todos los casos, es recomendable revisar los términos específicos de cada contrato menor, ya que las condiciones y los requisitos pueden variar dependiendo de la naturaleza y el alcance del contrato.
En conclusión, los contratos menores en la LCSP son una herramienta esencial en la gestión de la contratación pública. Si bien ofrecen mayor flexibilidad y eficiencia, su uso debe ser adecuado y responsable, siempre buscando la transparencia y la igualdad de oportunidades en la contratación pública.
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